1. ¿Estás obligado a declarar?
Como asalariado no estás obligado si ganas menos de 22.000 € de un solo pagador, o menos de 15.876 € si has tenido varios y el segundo te pagó más de 1.500 €. Aunque no estés obligado, preséntala si te sale a devolver.
📋 Mira si te saldrá a pagar o a devolver, con la escala de tu comunidad, en la calculadora de la renta.
2. Accede al borrador
Entra en Renta Web con Cl@ve, certificado digital o el número de referencia (con tu DNI, la fecha de validez y la casilla 505 de la renta anterior). La campaña empieza a principios de abril y termina a finales de junio.
3. Revisa los datos que Hacienda no siempre sabe
- Hijos y ascendientes a tu cargo y si los declaras al 100 % o al 50 %.
- Aportaciones a planes de pensiones: reducen la base hasta 1.500 € al año.
- Deducciones autonómicas: alquiler de vivienda habitual, nacimiento o adopción, gastos de guardería, libros de texto, eficiencia energética… Cada comunidad tiene las suyas.
- Vivienda habitual comprada antes de 2013: puedes seguir deduciéndote el 15 % de lo pagado (hasta 9.040 €).
- Donativos a ONG: el 80 % de los primeros 250 € se deduce.
- Cuotas sindicales y de colegios profesionales obligatorios.
4. Si te sale a pagar
Puedes pagar de una vez o fraccionarlo en dos plazos sin intereses: el 60 % en junio y el 40 % en noviembre. Si lo domicilias, el plazo termina unos días antes del final de la campaña.
5. Para el año que viene
Si te sale mucho a pagar, pide a tu empresa que te retenga más IRPF (modelo 145). Y si tienes un segundo pagador o cobras el paro, cuenta con que la renta saldrá probablemente a pagar.
💶 Revisa tu retención actual en la calculadora de sueldo neto.